27 de julio de 2024

728×90 Servicio Modelo de Medicina del Trabajo
728×90 Servicio Modelo de Medicina del Trabajo

México: Diputado promueve reformas a Ley del Infonavit

La Comisión de Vivienda de la Cámara de Diputados, evaluará reformar el artículo 37 de la Ley del Infonavit, para garantizar el derecho del trabajador, beneficiarios o familiares a recibir los recursos de la subcuenta de vivienda, sin que estos prescriban después de 10 años de no usarlos, como lo establece actualmente la legislación.

El diputado de Morena Alejandro Carvajal Hidalgo consideró que el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) se ha alejado de la vocación social para la que fue creado en 1972, que en su origen otorgó miles de créditos a trabajadores, cubriendo con ello la gran demanda de vivienda.

Comentó que actualmente la ley del Infonavit establece que el derecho del trabajador y, en su caso, de los beneficiarios a recibir los recursos de la subcuenta de vivienda, si no se reclaman en 10 años, prescribirá a favor de la institución, lo que configura “toda una argucia de estafa y de robo en contra de los trabajadores”.

En ese sentido, explicó que esos recursos administrados por el instituto son denominados saldos de la subcuenta de vivienda, que son los recursos que forman parte del fondo para el retiro de los trabajadores, producto de las aportaciones que se hayan realizado al Infonavit por parte de los empleadores a lo largo de la vida laboral.

“El saldo de la subcuenta de vivienda tiene como propósito que el trabajador pueda adquirir una vivienda, mediante el crédito que le sea otorgado por el instituto, así como ser utilizado como garantía de un crédito otorgado por alguna entidad financiera, o como parte de la pensión que en su caso le sea otorgada, ya que se integrará al fondo para el retiro”, indicó.

A efecto de lo anterior, agregó que el trabajador o sus beneficiarios deberán solicitar al instituto la transferencia de los recursos de la subcuenta de vivienda a las administradoras de fondos para el retiro, por lo que es importante “no vulnerar el ejercicio de los derechos del trabajador y en su caso los beneficiarios, bajo la premisa de la prescripción ahí contenida, violentando con ello la garantía de seguridad social contenido en nuestra Carta Magna”.

Fuente: 20minutos.com.mx

Notas relacionadas

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *