27 de abril de 2024

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Ley de riesgos del trabajo: qué se logró y qué queda por implementar

A dos años de la aprobación de la ley 27.348 -que modificó el sistema de cobertura de accidentes laborales- el Gobierno, a través de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT), tiene buenos datos para mostrar: en el último trimestre de 2018 la litigiosidad retrocedió en todo el país un 44,3% interanual y la tendencia se dio también en la provincia de Buenos Aires, en este caso con una baja de 42,8%. Además, la alícuota promedio que pagan los empresarios por el seguro fue en octubre pasado de 2,89%, lo que representa una caída del 18% con respecto a principios de 2016 y un ahorro para el conjunto de empleadores estimado en $25.000 millones.

Sin embargo, quedan temas pendientes. Desde la Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (UART) apuntan que, si bien cuando se mira el inicio de nuevas causas la litigiosidad descendió, hay un stock de 350.000 juicios que llega a poner en riesgo el sistema. En tanto, hay quienes advierten la necesidad de que todas las provincias adhieran a la ley, y en particular se menciona el caso de Santa Fe, una de las jurisdicciones que aún no dio ese paso. También se señala que es necesario que la Corte Suprema de Justicia tome el tema y se expida sobre la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la norma.

La presidenta de la Unión de ART, Mara Bettiol, dice que la ley fue un hito muy importante que vino para resolver el problema de una litigiosidad exacerbada. Pero, mientras que el inicio de nuevos juicios es algo que se resolvió de manera adecuada -el flujo presentó una caída en un año de más de 44%-, hay preocupación por el stock de casos acumulados.

“La litigiosidad tiene dos aspectos: el flujo y el stock. Respecto del flujo, el nuevo sistema ha mostrado eficacia; respecto del stock, faltan cuestiones a implementar. Estamos hablando de 350.000 juicios, de los cuales un tercio ya tiene una pericia oficial en el ámbito judicial que presenta desvíos respecto de la nueva ley; así el sistema no se puede financiar y es necesario ordenarlo”, explica. Agrega que si los criterios de esas pericias se usan para determinan las sentencias de esos casos y si se extrapolan al resto de las causas, entonces “el sistema no está en condiciones de afrontarlo”.

Para ejemplificar, dice que el año pasado se encontró que, por un esguince de tobillo -que representaría un 0% de discapacidad-, en el ámbito judicial a una persona le determinaron 10 puntos de discapacidad e incapacidad psicológica. “Esto no tiene que ver ni con el baremo ni con la realidad. Y la gravedad es que, a medida que transcurre el tiempo, los desvíos periciales se agravan por la tasa de interés, que hoy es de 70% pero que el año pasado era de 130%”.

Bettiol agrega que la ley contempla una solución para este problema, que es la creación de cuerpos médicos periciales en el ámbito de la Justicia, cuya implementación depende de la Corte Suprema o de las cortes de las provincias. “Estos es lo que no se está implementando y es grave. O se resuelve y se ajusta y se hace lo que se tiene que hacer, o no sé de dónde va a salir un financiamiento que equivale a dos veces la alícuota vigente”, concluye.

Datos de accidentes

Según la SRT, en el primer semestre de 2018 la accidentabilidad laboral se redujo 4,6%. En el organismo señalan que eso es en parte resultado de los convenios firmados con los 24 gobiernos provinciales, para poner en práctica planes de prevención y seguridad. El 80% de las empresas con elevada cantidad de accidentes (1361 firmas) redujo la siniestralidad en los lugares de trabajo.

Aun con esos datos, Matías Cremonte, presidente de la Asociación de Abogados Laboralistas, dice que el primer problema de la ley es que fracasó porque “ni los accidentes ni las enfermedades se redujeron”.

“Nunca se abordó el tema de la manera en que corresponde, que es tratando de prevenir para que no haya accidentes en los lugares de trabajo. Eso está ausente en este debate. Lo único que intentan hacer es reducir el problema, entre comillas, de los juicios laborales a empresarios”, afirma. Pone también en duda la baja de la litigiosidad porque, según dice, con la disposición sobre las comisiones médicas se habrían diseminado las presentaciones y se habría retrasado la llegada de expedientes a la instancia judicial. “Por la ley, no se puede iniciar el trámite en el domicilio de la ART sino en las comisiones médicas, y eso disemina los casos más allá de la Capital Federal y se demora la llegada del reclamo judicial, porque se instauró un sistema administrativo previo”, explica.

“Si la litgiosidad se reduce o no, es algo que no se puede analizar ahora. A los trabajadores se les impone una instancia administrativa previa que es inconstitucional, porque va en contra del derecho de las personas a acceder a la Justicia”, sostiene.

Del otro lado de la “grieta”, Héctor García, abogado asesor de empresas, destaca el hecho de que la ley haya salido gracias al diálogo entre la CGT, el Gobierno y los empleadores y que 15 provincias la hayan ratificado. “Se sancionó en febrero de 2017 y hasta ahora 15 provincias la ratificaron y cinco la aplican. Por suerte, son provincias grandes y eso hace que los datos sean positivos. El dato más contundente es que bajó la litigiosidad un 44% en promedio, porque en provincias como Córdoba cayó un 76%, y las alícuotas se redujeron. Como baja la cantidad de juicios, disminuye el costo de la aseguradora y eso se traslada a la alícuota. Es un círculo virtuoso porque el trabajador ya tiene, a los 60 o 90 días, una indemnización como resultado de la acción de la comisión médica y de una revisación. Antes se iniciaban reclamos judiciales sin pericia médica”, apunta.

En este sentido, señala como algo pendiente que la provincia de Santa Fe sea una de las nueve que todavía no adhirieron a la ley. “Santa Fe es la tercera provincia en cantidad de población con una industria poderosa y es de las pocas que ha quedado fuera de la reforma. Al mismo tiempo, faltaría darle más celeridad al tema en las provincias que sí han adherido, porque hay 10 jurisdicciones en las que está la ley, pero no es operativa. También falta que la Corte Suprema tome el tema, porque hay fallos a favor y en contra de la constitucionalidad. Hay muchos detractores, especialmente los que se aprovechaban de la industria del juicio”, sostiene García.

A dos añosde la reforma

La sanción de la ley 27.348 afectó distintas variables

44,3%

Caída de la litigiosidad

Es el nivel en el que se redujo el inicio de juicios en el país en el último trimestre de 2018, en comparación con igual período de 2017

2,89%

Alícuota

Medido sobre salarios es, en promedio, el precio que tuvieron los seguros de las ART en octubre pasado; hubo una caída del 18% respecto de principios de 2016

350.000

Juicios pendientes

Es el stock de litigios que esperan su resolución; un tercio de ellos ya tiene una pericia oficial que, según la Unión de ART, presenta desvíos respecto de lo establecido en la última ley

15

Provincias

Son las que adhirieron a la reforma aprobada por el Congreso Nacional en 2017; hay, en cambio, otras 9 jurisdicciones en las cuales no se aprobó la adhesión al sistema

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