29 de marzo de 2024

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Critican proyecto de la Casa Rosada sobre accidentes del trabajo

Finalmente la Presidenta concretó aquello que viene anunciando desde el año 2009 y presentó en el Congreso de la Nación un anteproyecto de modificación de la Ley de Riesgos del Trabajo que no es más que una reforma “gatopardista” que lejos está de tratar a los accidentes y enfermedades laborales dentro de las concepciones protectorias y universales que impone el paradigma de la seguridad social. Previamente, el Poder Ejecutivo promulgó el decreto 1720/2012 que habilita a las representaciones empresarias y a los sindicatos a crear ART MUTUALES en el marco de las negociaciones colectivas que lleven a cabo.

Las modificaciones legales propuestas en el proyecto confirman el contenido regresivo para los derechos de los trabajadores de la reforma pretendida, la pervivencia del fin lucro de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo y el desinterés por prevenir los riesgos derivados del trabajo. Así pues, continúan vigente el procedimiento con carácter obligatorio ante las Comisiones Médicas que seguirán siendo las encargadas de determinar cuestiones medulares como “La naturaleza laboral del accidente o profesional de la enfermedad”¦El carácter y grado de la incapacidad”¦El contenido y alcances de las prestaciones en especie”, según dispone el art. 21 de la ley 24557.

Subsiste el art. 46 que dispone la competencia de la justicia federal para entender en las acciones que se promuevan contra las resoluciones de las comisiones médicas provinciales. Los artículos 21 y 46 han sido algunos de los declarados inconstitucionales por la Corte Suprema. Continua incólume el régimen de prevención de riesgos, el cual ha demostrado padecer de una total ineficacia para cumplir con el objetivo de “reducir la siniestralidad laboral a través de la prevención de los riesgos derivados del trabajo” según reza el art. 1ro de la ley 24557.

Sin un sistema que prevea un control eficaz del cumplimiento de las normas de seguridad e higiene, que responsabilice solidariamente a las ART por el incumplimiento de los empleadores y que continúe sin promover la participación de los trabajadores en el diseño, implementación y fiscalización de las medidas de prevención en la empresa, la salud del trabajador continuará siendo una mercancía amortizable al bajo precio de la tarifa indemnizatoria hoy tibiamente incrementada. Continúa también inalterable el sistema excluyente de cobertura de las enfermedades profesionales.

LATAM: Reporte (drm) UPI español

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