La Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT), por Resolución 246/2012, creó el Registro de Movimientos de Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales.
Las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (A.R.T.) deberán denunciar al Registro, con carácter de declaración jurada, la información correspondiente a las imputaciones y devoluciones que vayan a realizar sobre el Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales (F.F.E.P.).
Las A.R.T. deberán dar cumplimiento a lo establecido como requisito previo para efectuar las imputaciones y devoluciones sobre el Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales.
La información declarada estará sujeta al análisis, fiscalización y consideración por parte de esta S.R.T. Asimismo, el respaldo documental de las operaciones denunciadas por las A.R.T. al registro deberá encontrarse a disposición de esta S.R.T. para su auditoría.
El incumplimiento de lo establecido, como así también la remisión de información errónea hará a la A.R.T. pasible de las sanciones que correspondan.
La resolución, publicada hoy en el Boletín Oficial, entrará en vigencia a partir del 1 de abril de 2012 y lleva la firma del titular de la Superintendencia, Juan H. González Gaviola.
No obstante se otorgan 90 días corridos a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo, a partir de la entrada en vigencia, a fin de que procedan a registrar la totalidad de las devoluciones efectuadas desde el 1 de enero de 2011.