28 de marzo de 2024

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Dique Chico: suspenden por 30 días hábiles una resolución que prohíbe el uso de agroquímicos

La Cámara Contencioso Administrativa de Segunda Nominación hizo lugar a la medida cautelar solicitada en el marco de una acción de amparo y ordenó suspender con carácter suspensión provisional y excepcional, por 30 días hábiles judiciales, la Resolución N° 242/2017 de la comuna de Dique Chico que dispuso crear una “Zona de Resguardo Ambiental” (ZRA), en la que se prohíbe el uso de cualquier tipo de producto químico o biológico de uso agropecuario destinado a la pulverización y/o fumigación o a la fertilización agrícola y/o forestal.

Los amparistas argumentaron, entre otras cosas, que dicha resolución les impedía desarrollar su actividad dedicada a la explotación agrícola en inmuebles rurales de su propiedad o arrendados que “se encuentran fuera de la jurisdicción de la comuna accionada, pero que han quedado comprendidos dentro de la ZRA”.

Para disponer la medida cautelar, la Cámara Contencioso Administrativa de Segunda Nominación consideró que la resolución de la comuna ponía de manifiesto un conflicto entre materias interjurisdiccionales de orden nacional, provincial y/o comunal, cuestión que el tribunal resolverá al momento de dictar la sentencia sobre el fondo del asunto.

El Auto Interlocutorio n.º 654 de la Cámara agrega que la medida cautelar no afectará el derecho a la salud del colectivo social que habita en Dique Chico, puesto que, durante el breve plazo de su vigencia, los amparistas deberán cumplir íntegramente todas y cada una de las previsiones de la Ley de Agroquímicos n.° 9164, y demás normativa vigente.

Asimismo, el tribunal dispuso que la Provincia intensifique las acciones de inspección y fiscalización en la zona de referencia (ZRA).

En su resolución, la Cámara solicitó informes al Ministerio de Salud de la Provincia sobre cada uno de los procedimientos de inspección y fiscalización realizados en el marco de la Ley 9164 en la ZRA y al Ministerio de Agua, Ambiente y Servicios Públicos sobre el eventual daño ambiental y a la salud de la población por el uso de productos químicos o biológicos de uso agropecuario y sustancias fitosanitarias y el tratamiento de los residuos peligrosos, incluyendo los estudios epidemiológicos que pudieren haberse realizado o que pudieren realizarse.

Causa: “Fischer, Diego Agustín y otros c/ Comuna de Dique Chico -Amparo Ley 4915”.
Fecha: 27 de diciembre de 2017.

Fuente: justiciacordoba.gob.ar

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