28 de marzo de 2024

Los exámenes de ingreso hoy

Nueva Resolución

En realidad esta nueva resolución, no cambia mucho la anterior resolución 43, ya que antes también se exigía al trabajador brindar una Declaración Jurada.

Lo que sí trae de nuevo esta Resolución 37, y que resulta incomprensible e ilógico desde el punto de vista de la prevención, es que en su artículo 5 se prohíbe realizar reacciones serológicas para la detección de la enfermedad de Chagas-Mazza.

Pero de todos modos esta nueva Resolución nos motivó en su momento a escribir lo que sigue: Gracias, SRT:
• Gracias, porque con su Resolución 37/2010, nos hizo estudiar nuevamente con gran interés una Resolución de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.
• Gracias, porque al copiar casi literalmente los considerando de la Resolución 43, nos permitió saber aún más, que cambia y que no, con respecto a los Exámenes de Ingreso.
• Gracias, porque cada vez que sale una nueva resolución o una ley relacionada a la Prevención de Riesgos del Trabajo, se van cercenando estudios.
• Gracias, porque cada vez tenemos menos tarea los Médicos del Trabajo, lo que significa que tenemos más tiempo libre.
• Gracias, porque esos estudios son prácticamente sin importancia, porque son meramente preventivos y a nadie le interesa la prevención.
• Gracias por la nebulosa de la Resolución 37/2010 que no aclara nada quien debe pagar los Exámenes en Salud. Tampoco lo aclaraba la Resolución 43.
• Gracias por que de esa manera y poniendo ambiguamente “es responsabilidad de la A.R.T. o Empleador Autoasegurado, sin perjuicio de que la A.R.T. puede convenir con el empleador su realización…” como decía la anterior resolución, queda todo igual que antes.
• Gracias, por que casi nadie los quiere hacer, porque todos son responsables, y cuando todos son responsables, nadie lo es.
• Gracias por estar de acuerdo con la “ley 26.281”, que prohíbe ridículamente que se realicen en los Exámenes de Ingreso, los estudios serológicos para investigar Chagas.
• Gracias, porque de todas maneras es sólo un estudio más que a nadie le interesa y solamente adquiere importancia en un accidente para algunos familiares del muerto, y recién allí se enteran que tenía cardiopatía chagásica.
• Gracias porque de esa manera seguimos alimentando el ranking mundial de muertos por accidentes de tránsito, cuando el chofer es un camionero o un conductor de ómnibus que tenía una cardiopatía chagásica. Enfermedad profesional que se podría haber evitado, si no fuera por esta ridícula ley.
• Gracias, porque de esa manera aún cuando el Chagas es enfermedad profesional en ciertos casos, con este nuevo sistema nunca se podrá demostrar. Las ART agradecidas.
• Gracias, porque de esa manera el índice de Enfermedades Profesionales seguramente bajará.
• Gracias, porque en realidad eso es una cosa sin mayor valor.
• Gracias, pordecir en los considerandos que se “debe vigilar permanentemente las condiciones y medio ambiente de trabajo, como asimismo la de monitorear el estado de salud de los trabajadores, a través de la realización de exámenes médicos”, pero posteriormente permite que esta ley, nos avasalle en el camino de la misma.
• Gracias, porque de esa manera sólo hay dos perjudicados, el empleado en su cuerpo y el empleador en su bolsillo. Pero la ART, sale indemne.
• Gracias, porque seguramente más adelante y razonando de la misma manera alguien considerará que el estudio de diagnóstico de Diabetes, también es una cosa sin importancia, y que no se debe realizar en los Exámenes de Ingreso.
• Gracias, porque el hecho de que sea un diabético insulino dependiente y que tenga que trabajar como albañil en un quinto piso, no tiene mayor importancia. Total los albañiles siempre se caen.
• Gracias, porque con el mismo argumento podemos llegar a suprimir, el estudio del ECG y de la tensión arterial, en los hipertensos.
• Gracias, porque seguramente también podríamos suprimir las audiometrías, los análisis de sangre, también los de orina y de paso la Rx. de torax..
• Gracias, porque con lo anterior los Exámenes Médicos serán menos costosos.
• Gracias, por aumentar el compañerismo entre los Médicos del Trabajo, al hacer tertulias de café, preocupados al comprobar la cantidad de estudios que nos van cercenando poco a poco.
• Gracias, porque al final si seguimos así, sólo haremos un examen clínico.
• Gracias, por haber sacado hace un tiempo al SIEDART, ridículo artilugio que servía para conocer la incompetencia en las prestaciones de las ART. ¿A quien le interesa que hacen y que no hacen en prevención las mismas?. Lo único que hace falta que sean rentables, eso es lo único que importa.
• Gracias, porque al anular la Resolución 43, no se sabe muy bien si se puede hacer o no las Fiscalizaciones y Visaciones, que se venían realizando por imperio de esta resolución. Siendo nuevamente perjudicados los empleados y las empresas.
• Gracias, porque nuevamente esto aumentará las controversias y genera mas incertidumbre, lo que seguramente va redundar en más Juicios Laborales.
• Gracias, infinitamente gracias por trabajar por la prevención… del patrimonio de las ART.

 

Homologación de los Exámenes de ingreso

Cuando salió esta nueva resolución surgieron no pocas dudas, que nunca fueron aclaradas. Tales como que en la Resolución 43/97, artículo 2 inc. 5., que estaba vigente, se manifestaba claramente que los Exámenes Médicos Preocupacionales podían ser visados o fiscalizados, por la autoridad competente.

En esta situación, ahora que está derogada por la Resolución 37/2010 de la SRT en la que nada dice al respecto, es obvio preguntarse: ¿De qué servirá realizar la homologación de los exámenes de ingreso, si ya no está la norma que lo permitía? Legalmente ¿tendrán mas adelante alguna validez? ¿Esta omisión, no perjudicará en el futuro tanto al empleado como al empleador? Nos preguntamos y se lo preguntamos a usted, amigo lector, nos gustaría saber su opinión.

 

Desde nuestro notiZero, las respuestas que recibimos fueron las siguientes

Lic. Eduardo Choren
Secretaría de Higiene, Medicina y Seguridad en el Trabajo
FAECYS
Dr. Rostagno:
Estoy en un todo de acuerdo con sus opiniones sobre la Res. 37/10.
Lo mismo con el enfoque que le dio al reclamo.
Gracias por la posibilidad de participación, me parece una idea excelente.

 

Dr. Camilo Brahim
Especialista en Medicina del Trabajo
Estimado Dr. Rostagno, gracias por sus comentarios que son realmente para poner los pelos de punta.
Un gran abrazo.

 

Ing. Néstor Alejandro Tomé
Estimado Hugo Francisco Rostagno
Después de haber leído su Editorial comparto totalmente lo expresado.
Considero que los médicos laborales deben tener una mayor participación en la industria, como en los comienzos del Decreto 4160. Es que yo soy muy viejito, comencé trabajando en Refinería Shell en el 1965, siempre dedicado a la Higiene y Seguridad pasando luego por muchas empresas de primera línea.
Considero muy importante la participación de la Medicina Laboral relacionada íntimamente con la Higiene y Seguridad, en algunas empresas he tenido la oportunidad de trabajar mancomunadamente, como debe ser.
Cordialmente

 

Carlos Laudecina
Médico Especialista en Medicina del Trabajo
Estimado Director:
Estoy totalmente de acuerdo con usted. ¡Que podemos esperar de una Ley que se anunciaba como de eminente carácter preventivo y le asigna a Servicios de Medicina del Trabajo la irónica función de “alcanzar el mas alto nivel de salud de los trabajadores”¡, pero redujo en un 66 % la asignación de horas médico… ¡¡¡qué tal..!!!
Un abrazo

 

Dr. Hugo Rujana
Especialista en Medicina del Trabajo. Gral. Roca.
Excelente Doctor Rostagno!
Saludos cordiales

 

Dr. Rene Gabe
Especialista en Medicina del Trabajo
Amigo Director, tiene usted razón. Lo primero que salta a la vista es la eliminación de la prueba de Chagas, y sin lugar a dudas lo que se esconde NO EXISTE. Ahora no sabremos como migra la enfermedad. Como siempre se cambia salud por plata.
Ahora las estadísticas también serán tramposas. La vigilancia epidemiológica está desapareciendo en la Argentina. Eso sí sabemos cuanta sífilis hay, porque para las libretas sanitarias se siguen pidiendo, aunque el señor atienda un kiosco de diarios.
La historia de la prueba VDRL surgió para el control de la lues en los prostíbulos y anexos. Según tengo entendido el Código Alimentario Argentino lo exige para cualquier cosa. Y ahora la eliminación del estudio del Chagas será por Res.37/10 de la SRT. Viva la siempre vigente 19587/351.
Esta es mi primera impresión luego seguiré contándole. Saludos.

 

Dr Sergio Alfredo Kunzmann
MN109944 MP 5173 (Ctes)
Estimado Dr Rostagno:
He leído su opinión y coincido con sus apreciaciones. En mi caso particular estoy a cargo de un Servicio Médico de la Empresa líder en yerba y té del mercado. Por lo que conocemos muy bien lo que es el trabajo rural y su gente. En mi experiencia los exámenes preocupacionales constituyen un momento ideal para la detección de patologías, no solo con la mirada del médico del trabajo para determinar aptitudes y preexistencias, sino con la mirada del médico asistencial que busca curar a las personas.
Nosotros estamos radicados en Corrientes bien al norte de la provincia y vemos Chagas (en menor incidencia que Chaco o Santiago del Estero) en forma periódica. El detectarlo en los preocupacionales constituían el momento ideal para diagnosticarlo porque al ser generalmente personas jóvenes podíamos tratarlos sin que hayan sufrido secuelas que pudieran contraindicar alguna actividad laboral. Era excelente, lo detectabamos, lo enviabamos nosotros a realizar el tratamiento y regresaban con trabajo porque habían ingresado.
La gente que normalmente ingresa a trabajar en trabajo rural son por lo general con carencias múltiples, económicas, culturales, sociales, etc y esta gente por lo general no realizan consultas médicas y de allí lo dificil de establecer diagnósticos en esta gente sobre todo en edades jóvenes.
Considero que fue un desacierto enorme haber diezmado, como bien dice usted, los examénes preocupacionales y que esto fue seguramente hecho de forma inconsulta y con intereses que no eran el de la gente o su bienenstar. Lamentablemente ahora debemos asumir que tendremos seguramente una gran cantidad de casos que hubiéramos podido interrumpir en su evolución y que no lo haremos desde esta resolución.
Cuando yo pensaba que deberíamos avanzar cada vez mas sobre la precarización laboral, con esta resolución parece que la que avanza es ella.
Doctor, simplemente quería adherir a sus palabras y nada mas. Le envío un gran saludo y hasta siempre.

 

Dr. Adolfo Guzmán
Med. Esp. Medicina del Trabajo
Estoy de acuerdo con lo que expresas, te mando un saludo
Adolfo

 

Eduardo A. Maraschi
Estimado hugo: Estoy completamente de acuerdo con su opinión respecto a dicha resolución, lo que sucede es que estos pensamientos apuntados a la prevención no les interesa a las art, en cambio si les interesa comprar dólares y llevarlos a otros paises como hacen algunas….no quiero seguir escribiendo, estoy muy desilucionado con lo que acontece a nuestro alrededor, a diario, en todos los niveles, sin progresos. Saludos.

 

Juan Zaracho
Jefe Servicio Medico
Minera Triton Argentina S.A.
(9311) Gobernador Gregores – Pcia. Santa Cruz
Teniendo como antecedente la derogada Resolución 43/97 en donde establecía en su Art. 2, apartado 5 º. el cual reza textualmente: A los efectos del art. 6, apartado 3, punto b) de la ley 24.557, los exámenes preocupacionales podrán (aquí tampoco hay una obligación tácita de hacerlo) ser visados o, en su caso, fiscalizados, en los organismos o entidades públicas, nacionales, provinciales o municipales que hayan sido autorizado a tal fin por la SRT (entendiendo lógicamente de las afecciones preexistentes). y observando que en esta nueva Resolución 037/2010 no determina nada al respecto, es decir no invita a homologar las preexistencias ni tampoco prohíbe su realización, es mi opinión y usando un criterio lógico (entendiendo que en estas preexistencia se dirimen derechos y obligaciones de las partes: Empleado, Empleador, ART) creo necesario que sea el estado quien continúe siendo el veedor en las certificaciones de las preexistencias.
Por lo que considero importante seguir con las homologaciones respectivas. Para tratar de tener un acercamiento más objetivo de esta percepción personal, observemos que esta Resolución prohíbe tácitamente, la realización como estudios básicos de todo preocupacinal la serología para chagas.
Y terminando con mi alegato creo sinceramente que quien redacto (pareciera un corte y pegue) se olvidó de cortar y pegar esta parte, lo cual no deja de ser un hecho lamentable.
Atte.

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