26 de abril de 2024

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SRT: Aprueban Protocolo para el tratamiento de las lesiones traumáticas de la columna vertebral.

Buenos Aires, 9 de Abril 2013
VISTO:
El Expediente Nº 15.520/13 del Registro de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO
(S.R.T.), la Ley Nº 24.557, y

CONSIDERANDO

Que uno de los objetivos de la Ley Nº 24.557 sobre Riesgos del Trabajo (L.R.T.) es reparar los daños
derivados de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
Que el artículo 20 apartado 1° de la Ley de Riesgos del Trabajo determinó que las ASEGURADORAS DE
RIESGOS DEL TRABAJO (A.R.T.) deben otorgar a los trabajadores que sufran algunas de las contingencias
previstas en dicha ley las prestaciones de asistencia médica y farmacéutica, prótesis y ortopedia,
rehabilitación, recalificación profesional y servicio funerario.
Que el artículo 26 apartado 1° de la Ley de Riesgos del Trabajo estableció que la gestión de las
prestaciones previstas en la Ley de Riesgos del Trabajo está a cargo de las A.R.T.
Que el artículo 30 de la Ley de Riesgos del Trabajo estableció que quienes hubiesen optado por el régimen
de autoseguro deberán cumplir con las obligaciones que esa ley pone a cargo del empleador y a cargo de
las A.R.T.
Que en consecuencia, corresponde a las A.R.T. y a los EMPLEADORES AUTOASEGURADOS generar los
mecanismos para que las prestaciones en especie a que alude la Ley de Riesgos del Trabajo sean
otorgadas en tiempo y forma.
Que en este contexto es necesario y oportuno determinar pautas básicas a seguir para que los trabajadores
reciban prestaciones en especie de calidad y en el momento en que deban ser brindadas.
Que la Gerencia Médica, a partir de la experiencia recogida durante los años de vigencia del Sistema de
Riesgos del Trabajo, consideró necesario el dictado de normas que protocolicen el tratamiento de las
lesiones más frecuentes que sufren los trabajadores accidentados para que éstos reciban prestaciones de
calidad.
Que la Asociación Argentina de Ortopedia y Traumatología expresó su conformidad a la aplicación de esta
normativa, en relación a los conceptos científicos utilizados.
Que la Gerencia de Asuntos Legales de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.)
ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones que confieren el apartado 1° del artículo 36
de la Ley Nº 24.557.
Por ello,
EL SUPERINTENDENTE DE RIESGOS DEL TRABAJO RESUELVE:
ARTICULO 1° –
Apruébase el Protocolo para el Tratamiento de las Lesiones Traumáticas de la Columna
Vertebral establecidas en el Anexo de esta resolución.
ARTICULO 2° –
La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en
el Boletín Oficial.
ARTICULO 3° –

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archíves.

Dr. Juan Horacio Gonzalez Gaviola

Ver Anexo: Consuldar

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