29 de abril de 2024

El mercado laboral necesita más salud

La presidenta Cristina Fernández lanzó el debate por una nueva ley de aseguradoras de riesgo del trabajo (ART). Después de varios años de incertidumbre, puso en discusión qué hacer con la atención de la salud en el trabajo y con el régimen de indemnización resarcitoria.

La judicialización del sistema, en algunos casos por sus fallas y en otros por la intención de algunos estudios jurídicos laboralistas de aprovechar las declaraciones de inconstitucionalidad de la Ley de ART, quitó previsibilidad al sistema y lo puso en dudas. El problema es que los cambios propuestos pueden no llegar a ser suficientes.

El cuidado de la salud en el ámbito laboral está regulado por la Ley de Higiene y Seguridad del Trabajo (ley 19.5879) y el decreto 351/79, que establece las normas y los mecanismos de control de las empresas.

En julio de 1996, impulsado por el entonces ministro de Economía Domingo Cavallo, se puso en marcha el Sistema de Riesgos del Trabajo (creado por la ley 24.557), por el cual y hasta hoy las aseguradoras atienden las enfermedades profesionales y los accidentes laborales.

Un comité consultivo permanente (integrado por las ART, los gremios y el Estado) fijó (y hoy actualiza) las enfermedades y accidentes cubiertos por el sistema; se establecieron los esquemas de atención y se fijaron los montos de las “prestaciones dinerarias” ante incapacidades temporales o permanentes, de manera tal de que estas indemnizaciones incentivaran a que las empresas mejoraran sus niveles de higiene y seguridad.

La atención de las enfermedades reconocibles y tarifables la hace el sistema, financiado con las primas que las ART cobran a las empresas; las no reconocidas o no tarifables (reconocidas por las comisiones médicas) quedan a cargo de un fondo fiduciario y el resto es atendido por las obras sociales y la salud pública.

La Ley de ART cosechó muchas críticas, pero hizo un aporte para mejorar la salud en el trabajo. Según la Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (Uart), desde su inicio hasta la actualidad el índice de fallecimiento en actividad bajó 52 por ciento (la mitad se logró en los últimos tres años) y al incidencia de la muerte en el lugar de trabajo bajó de 68 a 60 por ciento, aunque aumentó el fallecimiento “in itinere” (en el trayecto de ida al trabajo o en la vuelta) de 32 a 40 por ciento por los accidentes de tránsito.

Con 22 ART, 8,7 millones de trabajadores y 800 mil empresas, la cobertura en la actualidad alcanza al 53,6 por ciento de los ocupados y a 69 por ciento de los asalariados.

Los problemas surgieron luego de la devaluación y cuando la inflación empezó a hacer temblar la estabilidad de los índices del sistema.

En 2004, tres fallos de la Corte Suprema le dieron un golpe duro: habilitaron la competencia de la Justicia provincial para atender demandas, abrió la posibilidad de la acción civil y declaró la inconstitucionalidad del pago de indemnizaciones en forma de renta, lo que habilitó al pago único.

Entre 2007 y 2008, la Corte también confirmó la posibilidad de accionar civilmente y a su vez percibir el pago previsto por la Ley de ART, en tanto incluyó a los progenitores como beneficiarios del resarcimiento por la muerte del trabajador.

Con esto, la Ley de ART se convirtió en la norma con más declaraciones de inconstitucionalidad de la legislación argentina, según lo advierte Raúl Altamira Gigena, catedrático titular de la Universidad Nacional de Córdoba (UNC).

A partir de allí se desató una andanada de presentaciones a la Justicia que entre 2004 y lo estimado para este año elevará la cantidad de juicios anuales en el país 1554 por ciento (ver gráfico). Córdoba hoy es la segunda plaza más activa en cantidad de juicios por accidentes o enfermedades.

La extremada judicialización puso en dudas el sistema. Recién hace dos semanas, la Presidenta presentó sus ideas para la reforma de la Ley de ART, que debería comenzar a debatirse en el Congreso en las próximas semanas (ver Qué se debate). El problema es que las ideas propuestas hasta ahora pueden no llegar a resolver el problema más importante: la atención de trabajador.

9,7% cayó en Córdoba entre 2008 y 2010 (según datos de la SRT) el índice de accidentes en la construcción, el más crítico en nivel de riesgo.
8 millones de trabajadores no están cubiertos por alguna ART, según advierte Víctor de Gennaro, diputado y dirigente de la CTA disidente.

Qué se debate

Nueva norma. La extremada judicialización del sistema de riesgo del trabajo puso en cuestión, por parte de las empresas, la razón de sostener un sistema que no resuelve los reclamos por accidentes o enfermedades laborales. También es criticado por los trabajadores y sectores profesionales.

Propuesta presidencial. La propuesta de la presidenta Cristina Fernández frena la doble vía del reclamo. El trabajador tendrá que optar por aceptar la indemnización de la ART o acudir a la Justicia por la vía civil. Los montos se actualizarán según indicadores como el Salario Mínimo. También propuso que los accidentes “in itinere” sean cubiertos no por la ART sino por la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses).

Qué piden las ART. La Uart pide reducir la judicialidad, que en parte se logra con la propuesta oficial. Pero también solicita fijar cómo actuará la Justicia laboral en estos temas y definir el mecanismo de pago único o por renta de las indemnizaciones para dar “previsibilidad” al sistema.

Qué piden las empresas. Los empleadores piden reducir la judicialidad, definir el listado de enfermedades y las indemnizaciones. También piden quitar a los accidentes “in itinere” del sistema porque encarece la prima que deben pagar.

Qué piden los trabajadores. Sumar enfermedades no reconocidas, mejorar fiscalización y elevar indemnizaciones.

Diego Dávila – La Voz del Interior

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