29 de marzo de 2024

¿Qué hacer en caso de un accidente laboral?

• ¿Qué es un Accidente de Trabajo?
Es un acontecimiento súbito y violento ocurrido por el hecho o en ocasión del trabajo, o en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar de trabajo (in itinere).

• ¿Qué es una Enfermedad Profesional?
Se consideran Enfermedades Profesionales aquellas que son producidas en el ámbito o por causa del trabajo.
El sistema reconoce una lista de enfermedades que se identifican a través de agentes de riesgos, cuadros clínicos, exposición y actividades en las que suelen producirse estas enfermedades.

• ¿Qué hacer ante un Accidente de Trabajo o Enfermedad Profesional?
a) Denunciar los mismos ante su superior, para que éste lo gestione ante la A.R.T.
b) Llamar al número de teléfono que está en su credencial – 0800-444-5000.
Entonces recibirá la información de la A.R.T. que le asignará un nosocomio para su atención donde se le brindará las prestaciones médicas y farmacéuticas necesarias.
Una vez dada el Alta de la A.R.T. se deberá presentar en Medicina del Trabajo
(1º Subsuelo del Hospital de Clínicas) para justificar los días de Baja por el Accidente.

• Otros derechos para el trabajador incluidos en la Ley de Riesgos del Trabajo.
Recibir del empleador capacitación e información sobre prevención de riesgos laborales.
Comunicar a su empleador cualquier hecho de riesgo

• ¿La A.R.T. puede rechazar un accidente?
SI

• ¿Por qué?
– Por considerarlo inculpable
– Por no haber denunciado el accidente a tiempo (dentro de las 48 hs.)
– Cambio de in itínere, sin previo aviso.
– Porque el accidentado abandonó el tratamiento.

• ¿A dónde presentarse para realizar reclamos ante un rechazo de la A.R.T.?
Presentarse en la S.R.T. con:
– Carta Documento de A.R.T.
– Certificado médico que indique diagnóstico
– Ficha completa, que entrega S.R.T. en
Bartolomé Mitre 751/55 Capital.
-El trámite es personal y gratuito. No requiere ni gestores, ni abogados.
Ante cualquier duda comunicarse con el Servicio de Higiene y Seguridad en el Trabajo al 48754914/15 aramella@rec.uba.ar
– Informe de su accidente de trabajo a la C.G.I.R.

• ¿Qué es una A.R.T. y que funciones cumple?
A.R.T. (Aseguradora de Riesgos del Trabajo)
Funciones:
– Supervisar el cumplimiento de normas de seguridad e higiene en los lugares de trabajo.
– Brindar atención médica y prestaciones dinerarias ante un accidente o enfermedad profesional.
– Denunciar ante la S.R.T. los incumplimientos de sus afiliados, a las normas de higiene y seguridad en el trabajo.
– Promover la aplicación de normas de prevención.
Nota: la A.R.T. no es una opción de Obra Social

• ¿Qué es la S.R.T. y qué funciones cumple?
S.R.T. (Superintendencia de Riesgos del Trabajo)
Funciones:
– Controlar el cumplimiento de normas de higiene y seguridad en el trabajo.
– Fiscalizar el funcionamiento de la A.R.T.
– Dictar las disposiciones complementarias para la actualización del marco legal.
– Supervisar y fiscalizar las empresas autoaseguradas.
– Imponer las sanciones previstas en las Ley de Riesgos del Trabajo.

Si la A.R.T. no lo atiende bien o no se siente satisfecho: www.srt.gov.ar

 

Fuente: www.uba.ar

Notas relacionadas

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *