28 de marzo de 2024

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El gatopardismo en la ley de riesgos de trabajo

La obra “El gatopardo” fue escrita hace poco más de 50 años (1953) y Lampedusa falleció antes de ver impresa su primera edición. El éxito de la novela (que inmediatamente fue aclamada en su versión cinematográfica), seguramente obedeció a que el gatopardismo es un recurso usado, persistentemente, por la mayoría de los políticos de todo el mundo. Veamos, si no.

El viernes pasado se abrió y cerró el telón para presentarnos la culminación de una siniestra obra de títeres, a los que hilos invisibles les hicieron levantar la mano para aprobar lo contrario de lo que pregonaban. Cabe aclarar que la calificación de “siniestro”, no es despectiva ya que nos referimos a los siniestros laborales, y que por otra parte- la mayoría de los legisladores que sancionaron la Ley de Riesgos de Trabajo (a ella, obviamente, nos estamos refiriendo), se autoproclaman como pertenecientes al ala siniestra (izquierda). Tampoco la referencia a “títeres” puede ser mal interpretada ya que el mismo presidente del bloque oficialista, Agustín Rossi, expresó: “Este es el proyecto que envía la Presidenta de la Nación, no somos librepensadores” (algunos analistas políticos confirmaron sus sospechas: las huestes de Rossi no son ni libres, ni pensadoras). Esta frase debería ser escupida en el mármol (perdón por mi dislexia: “esculpida”). Los diestros (derechosos) de Macri tampoco se libran del sayo, ya que votaron al unísono, prolijamente alineados junto a sus siniestros adversarios.

Pero el autor de la histórica frase demostró, también, su sentido del humor, con otra expresión: “Nadie

puede decir que esta ley, va en contra de los trabajadores”. Esto lo afirmaba mientras los “compañeros” de la Central de Trabajadores Argentinos (CTA) y la CGT Azopardo, rodeaban el recinto del Congreso de la Nación. En estos días, ninguna publicación especializada, ningún académico de Derecho del Trabajo, en todo el país, dio un mínimo punto de apoyo al proyecto que, hoy, es ley.

Fuente: eltribuno

Por el contrario, son océanos de tinta volcados para criticar sus disposiciones.

La insistencia del gobierno popular en alinearse con las Administradoras de Riesgos de Trabajo (ART) y la Unión Industrial (que no por nada, festejaron destapando el “Krug Grand Cuve锝 y el “Don Pérignon” reservado para ocasiones especiales), deja un tufillo de sospecha; tamaño costo político solo se explica porque

acá, hay “gasto encerrado”. El fenomenal negocio de 15.700 millones de pesos anuales que hoy manejan las ART, es un bocado apetecible para la voracidad fiscal, que la “vería pasar” si las indemnizaciones fueran directamente al bolsillo de los trabajadores, sin intermediarios. Quizá el vil metal, sea suficiente para que los propulsores de la ley ni se sonrojen cuando se les enrostra que somos el único país del mundo que puso la salud de los trabajadores, en mano de entidades con fines de lucro.

Aclaremos los tantos

Los medios y los especialistas han omitido destacar que la nueva Ley 26773, de manera alguna deroga la “vieja” Ley 24557 (“la nefasta herencia del menemismo”), que sigue vigente en forma íntegra. De los cincuenta y dos artículos de la antigua norma, sólo dos (y medio) fueron derogados. De tal manera, las nuevas disposiciones tienden a reforzar el denostado régimen de las ART, más que a suprimirlo. Con el nuevo esquema se pretende armar un nuevo escudo que proteja a este negocio de

nuevas declaraciones de inconstitucionalidad. En ese sentido la reforma tiene cinco aspectos positivos para el trabajador, pero que -a la vez- tienden a desalentarlo para reclamar una reparación integral, como por ejemplo- podría hacerlo si sufriera (como simple ciudadano) un accidente de tránsito. En ese orden la nueva ley dispone:

a) Un notable incremento de los montos indemnizatorios que pueden llegar a un tope superior a $500.000 (triplicando los montos actuales);

b) Los montos indemnizatorios, se actualizarán conforme la variación del RIPTE (Remuneraciones Imponibles Promedio de los Trabajadores Estables).

Aunque usted. no lo crea, según el propio gobierno, este índice (que se elabora en el Ministerio de Trabajo) es más cercano a la realidad que el suministrado por el Indec. c) El pago inmediato de la indemnización (en un plazo de 15 días del fallecimiento o confirmación del grado de incapacidad);

d) Un “premio” de un 20% adicional, con un mínimo de $ 70.000, si renuncia a ir a juicio;

e) Se suprime el pago en rentas periódicas establecidas en la ley anterior, estipulando el pago único, en moneda constante y sonante.

“Hay juicios porque esta es una ley que nació como una ley de negocios; no salió como una norma para proteger al trabajador. El bien jurídico a tutelar tendría que haber sido la prevención y después tendría que haber establecido una justa reparación de los derechos.

Y este es el gran escollo que tenemos; compatibilizar un sistema de lucro con un sistema de seguridad social es muy difícil, porque cuanto más seguridad social menos lucro y las empresas de lucro van al lucro, no a la seguridad social. Además, existen enfermedades profesionales que no están contempladas en la norma simplemente para pagar menos, como la sordera, la desviación de columna o las varices”.

Estimado lector, los párrafos encomillados no me pertenecen, tampoco los expresó un enardecido opositor.

Corresponden al “borocotizado” diputado nacional Hector Recalde, meses antes de conocerse el proyecto, que con su anuencia, se convirtió en esta ley que mantiene el negocio de las ART, no protege al trabajador, no se ocupa de la prevención, no abrió el listado de enfermedades, no respeta el mandato constitucional de la seguridad social, es antifederal, sustrae al trabajador de sus jueces naturales, lo desalienta a reclamar como cualquier ciudadano, etc.

A todo esto, debemos rescatar un artículo de la ley que es incuestionable y que no merece crítica alguna por su técnica legislativa, no perjudica al trabajador, no fomenta el negocio de las ART y no es inconstitucional. Es el artículo 18, el último, que dice “comuníquese al Poder Ejecutivo, archívese”.

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