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Año XX
Número 102
Julio 2010
 
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Las ART deberán informar los procesos judiciales en los que intervengan
Se crea el "Registro de Actuaciones Judiciales de las de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo", en el que se informará mensualmente, con carácter de DDJJ, los procesos judiciales en los que intervengan en calidad de parte demandada, codemandada o citada en garantía. Publicada en el BO el 16/06/2010, entró en vigencia el 01/07/2010, la Instrucción 4/2010-MTESS.

Instrucción 4/2010-MTESS. Laboral. Riesgo de Trabajo. Aseguradoras. Registro de Actuaciones Judiciales. Su creación.

Se crea el "Registro de Actuaciones Judiciales de las de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo", en el que se informará mensualmente, con carácter de DDJJ, los procesos judiciales en los que intervengan en calidad de parte demandada, codemandada o citada en garantía. Plazo para informar las actuaciones iniciadas durante el Primer semestre año 2010: hasta el 07/07/2010.

Vigencia: 01/07/2010
Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
Superintendencia de Riesgos del Trabajo
Instrucción Nº 4/2010 Bs.As. 10/6/2010

VISTO el Expediente Nº 6748/10 de Registro de esta Superintendencia de Riesgos del Trabajo (S.R.T.), la Ley Nº 24.557, y CONSIDERANDO: Que es cometido esencial de esta Superintendencia de Riesgos del Trabajo (S.R.T.), como ente de regulación y supervisión creada por el artículo 35 de la Ley Nº 24.557 sobre Riesgos del Trabajo, propender a consolidar la eficacia del sistema, en cumplimiento de los fines de dicha ley.

Que en virtud del aumento de la litigiosidad de la que está siendo objeto el sistema de riesgos del trabajo se aprecia oportuno y necesario contar con una herramienta que permita conocer adecuadamente el desarrollo de los procesos judiciales en los que las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (A.R.T) intervengan en carácter de parte demandada, codemandada o citada en garantía, con motivo de las obligaciones a su cargo.

Que en tal sentido, resulta importante la adopción de una medida encaminada a propiciar el conocimiento y análisis, por parte de esta S.R.T., de las presentaciones efectuadas en las actuaciones judiciales precedentemente aludidas, con la finalidad de resguardar el sistema de riesgos del trabajo y con el propósito fundamental de proteger los derechos de los trabajadores.

Que conforme lo hasta aquí expuesto, a los efectos de alcanzar los objetivos enunciados, se entiende conducente constituir un registro de actuaciones judiciales de las A.R.T.

Que en este contexto, cabe destacar que esta S.R.T. tiene entre otras funciones la de supervisar y fiscalizar el funcionamiento de las A.R.T., tal como prescribe el inciso b) del apartado primero del artículo 36 de la Ley Nº 24.557.

Que así mismo, este Organismo cuenta con facultades para requerir la información necesaria para el cumplimiento de sus competencias, conforme lo establecido por el inciso d) del apartado primero del artículo mencionado precedentemente.

Que la Gerencia de Asuntos Legales de esta S.R.T. ha tomado la intervención que le compete. Que la presente se dicta en ejercicio de las funciones conferidas por el artículo 36 de la Ley Nº 24.557.

 

Nota Completa: NotiZero.com.ar

El famoso copia y pega...

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